La Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) multa con 171 millones de euros a 21 empresas fabricantes y distribcuidoras de marcas de automóviles en España y a dos empresas consultoras por prácticas restrictivas de la competencia. La CNMC considera que dichas prácticas son constitutivas de cártel.
El organismo considera probado que las sancionadas intercambiaron información comercialmente sensible y estratégica en el mercado español de la distribución y los servicios de posventa de vehículos de las marcas participantes: venta de vehículos nuevos, usados, prestación de servicios de taller, reparación, mantenimiento y venta de piezas de recambios oficiales.
Asimismo, ha quedado acreditado, según Competencia, que las empresas desarrollaron dichos intercambios de información «con manifiesta ocultación y secretismo, valiéndose de mecanismos específicos que facilitaban dicho intercambio de información, mediante la participación a tal efecto de dos empresas de consultoría: Urban Science y Snap-On».
Los intercambios de información se estructuraron en tres ámbitos o foros de intercambio, si bien todo ello formaba parte de un acuerdo complejo que desarrolló, dependiendo de las empresas, desde febrero de 2006 hasta agosto de 2013.
Dentro del ámbito de la gestión empresarial, se intercambió información relativa a la distribución y comercialización de los vehículos distribuidos en España por las marcas participantes en el llamado ‘Club de marcas’, con la colaboración de la consultora Snap-On desde 2009.
Posteriormente, algunas de las empresas participantes en dicho club, junto con algunas nuevas, decidieron ampliar y completar la información intercambiada de sus servicios y actividades de posventa. Para ello, crearon, con la colaboración a partir de 2010 de la consultora Urban Science, un ‘Programa de Intercambio de información de indicadores de posventa’ y se reunieron en los denominados ‘Foros de Directores de Posventa’, para analizar la información intercambiada y las políticas comerciales futuras que implementar por las citadas marcas.
Por último, y por lo que respecta al área de marketing, algunas de estas empresas intercambiaron información confidencial con ocasión de las reuniones de los responsables de Marketing de Posventa, en las denominadas ‘Jornadas de Constructores’.
En las inspecciones llevadas a cabo por la CNMC en la sede de varias empresas a finales de julio de 2013 se obtuvo «documentación que prueba la conducta ilícita, a la que se añade la facilitada por Seat en su solicitud de exención de pago de la multa».
Esta conducta de intercambio de información sensible ha ocasionado, según la CNMC, «efectos perniciosos sobre la competencia efectiva en el mercado, al provocar una artificial disminución de la incertidumbre de las empresas en relación a la política comercial de sus competidoras. La consiguiente disminución de la competencia durante el extenso período en el que se produjeron los intercambios de información se ha traslado al consumidor final en forma de menores descuentos, políticas comerciales menos agresivas» y un «menor esfuerzo por distinguirse de las otras empresas con unos servicios de más calidad».
Por lo que se refiere a Snap-On y Urban Science, la CNMC considera que su papel es determinante, como facilitadores activos del cártel, e instrumentos clave para el intercambio de información y el mantenimiento en el tiempo de la conducta infractora.
La CNMC ha eximido del pago de la sanción que les correspondería por su participación en la conducta infractora tanto a Seat, como a Volkswagen Audi España y Porsche Ibérica por su condición de solicitantes de clemencia. Esto se debe a que aportaron elementos de pruebas suficientes para ordenar las inspecciones realizadas, así como posteriormente durante la instrucción de este expediente, que han posibilitado a la CNMC la detección y acreditación de este cártel. La sanción total de la que se ha eximido a las empresas del grupo por su condición de solicitante de clemencia asciende a 39,443 millones de euros.
La cuota de mercado conjunta de las marcas participantes en las conductas analizadas en este expediente sancionador alcanza en torno al 91% de la distribución de automóviles en España, incluyendo la casi totalidad de marcas generalistas y alguna de las ‘premium’.
Para el cálculo de las multas, la CNMC ha aplicado unos tipos sancionadores que oscilan entre el 0,10% y el 2% del volumen de negocio total en 2014. Los 171 millones en multas establecidos por la CNMC se desglosan así:
- Automóviles Citroën España: 14,77 millones de euros
- B&M Automóviles España: 776.012 euros
- BMW Ibérica: 8 millones
- Chevrolet España: 138.580 euros
- Chrysler España: 265,5 euros
- Fiat Group Automobiles Spain: 6,97 millones
- Ford España: 20,23 millones
- General Motors España: 22,83 millones
- Honda Motor Europe Limited sucursal en España: 609.325 euros
- Hyundai Motor España: 4,42 millones
- Kia Motor Iberia: 2,07 millones
- Mazda Automóviles España: 656.390 euros
- Mercedes Benz España: 2,38 millones
- Nissan Iberia: 3,16 millones
- Peugeot España: 15,72 millones
- Renault España Comercial: 18,20 millones
- Snap-on Business Solutions: 52.785 euros
- Toyota España: 8,66 millones
- Urban Science España: 70.039 euros
- Volvo Car España, S.A.: 1,71 millones
Además, según la CNMC, se archivan de las actuaciones seguidas contra Peugeot Citroën Automóviles España, Renault España y Orio Spain por no haber quedado acreditada la comisión de infracción por dichas empresas.
La CNMC recuerda que contra estas resoluciones no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Cualquier persona o empresa que se considere afectada por las prácticas anticompetitivas descritas en estas resoluciones puede presentar una demanda de daños y perjuicios derivada de las citadas conductas por infracción de la normativa de defensa de la competencia ante los tribunales civiles.
La CNMC considera «prioritaria la lucha contra los carteles» y recuerda que para su detección cuenta con el Programa de Clemencia, mediante el que la empresa y/o el directivo que haya participado en un cártel «puede aportar información sobre el mismo, escrita o verbalmente en la sede de la CNMC a cambio de la exención total (o a una reducción) de la multa que le correspondería».
Asimismo, la CNMC ha habilitado un Buzón de Colaboración donde cualquier ciudadano o empresa puede facilitar información a la autoridad de competencia sobre este tipo de infracciones.
fuente : infotaller